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Términos y Condiciones

CONDICIONES CONTRACTUALES NOGUECAR RENT A CAR S.L

  1. A continuación, se muestra la tarifa aplicable a su reserva. Existen otras tarifas sujetas a condiciones diferentes que están a su disposición tanto en nuestras oficinas como por vía telefónica.
  2. La edad mínima del conductor deberá ser 21 años y disponer de un carnet de conducir con una antigüedad mínima de más de 1 año. (En el grupo de vehículo “A” se admiten conductores a partir de 19 años.).
  3. Los conductores menores de 21 años o que dispongan de un carnet de conducir entre 1 y 2 años de antigüedad, pagarán un coste adicional de 15 € + IVA al día. Todos los conductores deben tener el permiso de conducir como mínimo desde hace 12 meses. Para clientes extracomunitarios será necesario el Carnet Internacional junto con el de su país de origen.
  4. 4. Los medios de pago admitidos son:
  5. a. Tarjeta de débito VISA ELECTRON, crédito VISA o MasterCard / Maestro.
  6. b. No se admitirá el pago con Diners Club, American Express y Postepay.
  7. c. NOGUECAR RENT A CAR S.L se reserva el derecho a permitir el pago final del alquiler con dinero en efectivo o mediante transferencia bancaria. En el caso, de que la empresa aceptara pago en efectivo, el importe del mismo, estaría limitado según la normativa legal vigente a 999,99 €.
  8. d. Aceptamos domiciliación bancaria como forma de pago para empresas. Dicha forma de pago estará supeditada a la aceptación por parte de NOGUECAR RENT A CAR S.L.
  9. e. La tarjeta debe estar a nombre de la persona que figure como titular del contrato de alquiler, conductor principal o conductor adicional.
  10. 5. La tarifa aplicable incluye:
  11. a. IVA, Tasas e Impuestos Locales.
  12. b. 350 kilómetros al día, hasta un máximo de 3.000 kilómetros en 30 días de contrato.
  13. c. El seguro obligatorio del vehículo con una franquicia por daños propios. El seguro cubre los daños causados por el vehículo y los daños causados a los ocupantes del vehículo. El importe de la franquicia, que se contabilizará en caso daños al vehículo arrendado, será cargado a la tarjeta de crédito o débito en el momento de realizar el contrato de alquiler. En caso de que el Cliente contrate la cobertura complementaria “Excellent Cover” ( Reduccion de Franquicia), se bloqueará provisionalmente el importe de la franquicia  en concepto de depósito de garantía. La contratación de la cobertura complementaria «Excellent Cover» (Reducción de franquicia) puede realizarse, a elección del Cliente, en el momento de la reserva  o en el momento de la entrega del vehículo.  NOGUECAR RENT A CAR S.L  se reserva el derecho a desestimar o confirmar la cobertura elegida por el cliente, en el momento de la entrega del vehículo, en base al criterio interno de la compañía. El importe máximo de los gastos suplementarios que se facturarán al Cliente en concepto de siniestros ocurridos con vehículo ascenderán como máximo, al importe de la franquicia por zona dañada aplicable a cada categoría de vehículo por siniestro. Los Clientes que no deseen contratar esta cobertura complementaria deberán depositar una fianza por una cantidad equivalente al valor de la franquicia cuyo importe se estipula en el presente artículo.
  14. 6. Condiciones de cancelación de las reservas:

a.Reembolso 100% del total, si es antes de las 96 horas previas a la entrega. Entre 96 y 48 horas antes, 15 € + Iva de penalización. Si es menos de 48 horas antes, se penalizará con un día de alquiler, Pasado el periodo de 24h,  no se reembolsará ninguna cantidad por cancelación de reserva, excepto por motivos de fuerza mayor (catástrofe natural, guerras, atentados, muerte o enfermedad grave “hospitalización o intervención quirúrgica” del Arrendatario, sus padres, hermanos o hijos) fehacientemente acreditados en catalán, castellano o inglés.

b.Todas las cancelaciones de reserva deberán realizarse por escrito a la siguiente dirección de correo electrónico info@noguecar.com

7 Información Importante:

  1. a. Es necesario presentar el pasaporte o DNI, el carnet de conducir, (para clientes extracomunitarios será necesario el Carnet Internacional junto con el de su país de origen) y una tarjeta de crédito o débito en vigor a la hora de recoger el vehículo. Si la tarjeta fuera distinta a aquella con la que el cliente abonó su reserva, deberá exhibir físicamente dicha tarjeta a petición de nuestro personal.
  2. b. La devolución del vehículo con más de 59 minutos de retraso sobre la hora fin de alquiler del contrato, supondrá un cargo de un día adicional según tarifa general vigente.
  3. d. El alquiler realizado no va necesariamente vinculado a un vehículo concreto (marca-modelo, color, equipamiento, etc.) sino a un grupo de vehículos de similares características técnicas y de habitabilidad. En caso de no disponer de un modelo del grupo seleccionado, se entregará uno de categoría superior.
  4. e. Si el vehículo recibe una multa durante el periodo de validez de este contrato será usted responsable del importe de la multa, además se realizará un cargo de 25 € + IVA en concepto de gestión de multas.
  5. Si un cliente devuelve el vehículo sin su correspondiente documentación, se realizará un cargo extra de 50,00 € + IVA en concepto de gastos de gestoría.
  6. g. NOGUECAR RENT A CAR S.L se reserva el derecho a cancelar la entrega del vehículo en caso de dudas fundadas sobre la capacidad financiera y física del cliente o por antecedentes de este de impagos o incidentes graves con NOGUECAR RENT A CAR S.L.
  7. h. Estas Condiciones Particulares prevalecerán sobre las Generales, ambas pueden ser consultadas en nuestra Web: noguecar.com
  8. i. La Política de Privacidad está disponible en nuestra web: noguecar.com

 

Condiciones Generales de Alquiler.

1. OBJETO DEL CONTRATO El cliente recibe en alquiler el vehículo descrito en el contrato de alquiler, en perfectas condiciones de funcionamiento, con todos sus documentos, neumáticos, herramientas y accesorios y se compromete a conservarlos y conducir el vehículo cumpliendo las normas del Código de la Circulación, así como las dispuestas en las presentes Condiciones Generales. Antes de retirar el vehículo, el cliente está facultado para que se compruebe el estado del mismo en su presencia.

2.- DURACIÓN DEL CONTRATO La duración del Contrato es la recogida en la página 1 del mismo, donde se especifica la fecha y hora de entrega y devolución del vehículo. Los días de alquiler computarán por periodos de 24 horas a contar desde la hora exacta en que el cliente haya alquilado el vehículo y hasta la recepción del mismo, sus llaves y su documentación por parte de  NOGUECAR RENT A CAR S.L. El periodo de cortesía en la devolución del vehículo será de 59 minutos..

3.- PRÓRROGA DEL CONTRATO El cliente tiene la obligación de devolver el vehículo en la fecha y hora recogidas en el apartado anterior. Si el cliente desea extender el período de alquiler deberá dirigirse a la oficina  de NOGUECAR RENT A CAR S.L para firmar la prórroga. Ningún contrato se puede extender por teléfono, siendo posible dicha ampliación a través del correo electrónico info@noguecar.com En ningún caso la cantidad depositada en concepto de fianza podrá servir para una prolongación del mismo. Así pues, en el caso de que el Contrato se prorrogue el cliente deberá efectuar un pago adicional para dicha prolongación. Si el Contrato no se pudiera extender por no haber disponibilidad de vehículos o por cualquier otro motivo, el cliente debe devolver el vehículo en la fecha, sucursal y hora acordada. En función de las condiciones iniciales del Contrato puede ser necesario al solicitarse la prórroga del mismo la realización de un nuevo contrato considerándose en ese momento extinguido el Contrato vigente.

4.– CONDICIONES DE DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO El cliente, devolverá el vehículo alquilado en las mismas condiciones en las que se le entregó junto con todos sus documentos, neumáticos, adhesivos, herramientas y accesorios, en el lugar, fecha y hora estipulados en el Contrato de alquiler. En el momento de la devolución, el cliente podrá solicitar que se compruebe el estado del vehículo en su presencia. Dicha comprobación presencial queda sujeta al horario de atención al público de la oficina local. El cliente no podrá modificar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, equipamiento, las herramientas y/o accesorios del mismo, ni efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior. En caso contrario, el cliente correrá con los gastos pertinentes para devolver el vehículo a su estado original sin perjuicio de los daños y perjuicios causados a NOGUECAR RENT A CAR S.L derivados del reacondicionamiento del vehículo por el tiempo que el mismo tuviera que estar inmovilizado, así como cualesquiera otros causados a NOGUECAR RENT A CAR S.L .

5.- EFECTOS DE LA NO DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO La devolución del vehículo en fecha y hora distintas a las establecidas en el Contrato faculta a NOGUECAR RENT A CAR S.L a cobrar el importe del alquiler desde la finalización del contrato hasta la devolución del vehículo, según tarifa Publica General Vigente más la penalización por retraso fuera de fecha (en adelante, “Overdue”) de 15 € + IVA diarios que empezaran a contar a partir de las 24 horas posteriores a la caducidad del contrato de alquiler, hasta que  NOGUECAR RENT A CAR S.L recupere el vehículo. El arrendador se compromete a contactar con el cliente para gestionar dicho overdue durante las primeras 24 horas. En caso de que el vehículo fuese retirado por la grúa o aparcado en parking público, se le cargarán todos los costes generados para su recuperación y traslado al arrendatario. NOGUECAR RENT A CAR S.L se reserva el derecho de interponer las acciones legales que resulten pertinentes ante cualquier supuesto de desaparición o no devolución del vehículo ante las autoridades competentes recayendo sobre el cliente toda la responsabilidad de las consecuencias jurídicas y legales que se pudieran derivar. La prolongación unilateral por parte del cliente de la duración del Contrato se considerará así mismo como un uso no permitido del vehículo a efectos de la responsabilidad del cliente sobre cualquier daño que presentase el mismo.

6.- PAGOS Y FORMA DE PAGO

6.1 Pagos: El cliente se compromete a pagar a NOGUECAR RENT A CAR S.L :

  1. a) Los cargos por alquiler del vehículo, seguros, e impuestos determinados en la tarifa vigente de NOGUECAR RENT A CAR S.L (en adelante, la Tarifa General) han sido previamente notificados al cliente. La aplicación de la tarifa convenida inicialmente queda supeditada a que la devolución del vehículo se realice en el lugar, fecha, hora y condición previstos. Las tarifas podrán variar en función de la temporada y de las oficinas por lo que previamente a la contratación de un vehículo el cliente será responsable de verificar la tarifa que le sea aplicada.
  2. b) Cualesquiera otros conceptos de aplicación al cliente, de acuerdo, a las condiciones contractuales y comerciales ofrecidas por NOGUECAR RENT A CAR S.L .

6.2 Pagos consecuencia del uso inadecuado del cliente: El cliente, con posterioridad a la finalización del alquiler del vehículo, se compromete a pagar a NOGUECAR RENT A CAR S.L   los importes que sean consecuencia de los siguientes conceptos:

  1. a) Cargo por ‘limpieza especial’ por los gastos derivados de un servicio extra de limpieza como consecuencia del estado manifiestamente inadecuado del vehículo al momento de su devolución, con un importe máximo de 150 € + IVA dividido en 3 módulos de 50 € + IVA cada uno.
  2. b) Los cargos ocasionados por la pérdida de documentos y llaves del vehículo, y/o envío, del juego de llaves del vehículo a la oficina correspondiente, en los casos de pérdida, rotura, devolución de las llaves del vehículo en una oficina distinta a la de devolución efectiva del vehículo, o cualquier otra situación por la que se paralice el vehículo por motivos achacables al cliente.
  3. c) El importe de traslado del vehículo con una grúa en los casos previstos en las diversas cláusulas de este Contrato.
  4. d) Los gastos derivados de la pérdida, el deterioro o los daños en llantas, neumáticos, (incluidos pinchazos y reventones), herramientas, adhesivos, lunas, retrovisores, accesorios, interior del vehículo, así como los problemas derivados de un error en el tipo de combustible repostado.
  5. e) Los peajes, multas, sanciones y gastos judiciales motivados por infracciones de tráfico o de leyes, reglamentos u ordenanzas, (incluidos los cargos por congestión o limitación de tráfico rodado donde existieren,) incurridos por el cliente durante la duración del presente Contrato que hayan sido satisfechos por NOGUECAR RENT A CAR S.L.
  6. f) Los costes de reparación de los daños causados al vehículo en caso de accidente, cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias: – Que el vehículo no fuera utilizado de acuerdo con las condiciones establecidas. – Que el parte de accidente -bien en forma de ‘Declaración Amistosa de Accidente’ – DAA- o de ‘Informe de Siniestro’- no hubiera sido cumplimentado y remitido a NOGUECAR RENT A CAR S.L en el plazo de 48 horas, o que no se ajustase a la realidad de los hechos producidos. – Que los daños sean el resultado de un accidente debido a que el cliente no haya evaluado correctamente la altura del vehículo. En todos los casos, NOGUECAR RENT A CAR S.L informará inmediatamente del cargo efectuado y los motivos que han ocasionado el mismo, facilitando al cliente una factura detallada. El importe del cargo que se efectúe al cliente por los daños causados al vehículo se calculará teniendo en cuenta la tasación realizada por gabinete pericial externo a NOGUECAR RENT A CAR S.L , o cuando no pueda realizarse a priori dicha cuantificación, se cargará la cuantía que resulte de una primera valoración realizada por personal cualificado de NOGUECAR RENT A CAR S.L, cuya existencia e importes declara conocer el cliente, estando conforme con los mismos. Todo lo anterior es de aplicación sin perjuicio de una posterior liquidación y ajuste, una vez obtenido un presupuesto de reparación realizado por un taller o una tasación realizada por un gabinete pericial, externo a NOGUECAR RENT A CAR S.L .

6.3 Forma de Pago: El titular de la tarjeta deberá asegurarse de que su utilización para satisfacer las presentes Condiciones Generales de Alquiler (fianza, retiradas, etc.) no le ocasionará ningún perjuicio. A este respecto, se compromete a informarse en su banco de todo lo necesario antes de la utilización de su tarjeta por parte de NOGUECAR, que no podrá ser considerada responsable a este respecto. El pago del alquiler del vehículo y de eventuales gastos suplementarios se efectuará en la divisa elegida por el Cliente. Las formas de pago admitidas son mediante tarjeta de crédito o débito, dependiendo del grupo del vehículo. NOGUECAR se reserva el derecho a permitir el pago final del alquiler con dinero en efectivo o mediante transferencia bancaria. Las tarjetas permitidas son VISA, VISA ELECTRON y MasterCard / Maestro. La tarjeta de crédito o débito con la que se ha efectuado la reserva deberá ser presentada por su titular en el momento de la entrega del vehículo.

7.- SEGUROS Y COBERTURAS

7.1 Seguro obligatorio y de responsabilidad civil frente a terceros. Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del Seguro Obligatorio del automóvil y del Complementario de Responsabilidad Civil por los daños y perjuicios frente a terceros derivados del uso y circulación del vehículo. Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que tenga concertada la correspondiente póliza de seguro y quedan sujetas al clausulado general y particular de la misma y a la ley.

7.2 Cobertura Básica.

CDW: Este producto protege su responsabilidad por los daños causados al Vehículo en caso de Colisión o accidente de circulación cuyo importe supere el valor de la Franquicia en los siguientes supuestos combinados:

  • El coste de los daños causados al Vehículo, o de la reparación del mismo, o de su valor contable en caso de que sea declarado siniestro total.
  • El lucro cesante correspondiente a la imposibilidad de uso y explotación del Vehículo durante su reparación y/o mientras se tramita su baja.
  • Los costes administrativos en que incurramos por la gestión de expedientes de daños derivados de Colisión o accidente de circulación, cuando corresponda en circunstancias en las que:
  • La Colisión se produzca contra un objeto fijo o en movimiento. · El Vehículo sea objeto de un acto de vandalismo mientras lo conduce o utiliza.
  • El Vehículo sufra rotura de lunas, ópticas, espejos retrovisores, o los neumáticos resulten dañados o pinchados durante una Colisión o accidente de circulación.

 TP: Este producto protege su responsabilidad por los daños y pérdidas causados al Vehículo en caso de robo, intento de robo o actos de vandalismo, cuyo importe supere el valor de la Franquicia en los siguientes supuestos combinados.

  • El coste de los daños o la reparación del Vehículo (en caso de que fuera recuperado) o el valor contable del Vehículo en caso de pérdida del mismo.
  • El lucro cesante correspondiente a la imposibilidad de su uso y explotación durante su reparación y/o mientras se tramita su baja.
  • Los costes administrativos en que incurramos, cuando corresponda, por la gestión de expedientes de daños derivados de robo o intento de robo del Vehículo, o actos vandálicos sobre el mismo. En circunstancias de:
  • Robo del Vehículo y de accesorios del mismo, como consecuencia de fuerza en las cosas (dichos accesorios pueden ser cualquier componente adicional instalado en el Vehículo que mejore su especificación).
  • Tentativa de robo del Vehículo y/o de sus accesorios.
  • Cualquier acto de vandalismo sufrido por el Vehículo cuando se encuentre estacionado y no sea utilizado por usted.
  • Rotura de lunas, ópticas, espejos retrovisores, o los neumáticos resulten dañados o sustraídos como consecuencia de los hechos citados en los tres puntos anteriores.

PAI: Al amparo de este producto de protección, podrá reclamar el coste económico de cualquiera de las siguientes posibles consecuencias resultantes de su fallecimiento o de lesiones sufridas en una Colisión o accidente de circulación que se produzca cuando conduzca el Vehículo arrendado:

  • Indemnización de un pago único cuyo importe vendrá determinado por la póliza específica del vehículo arrendado.
  • En el caso de su fallecimiento (o declaración de fallecimiento). · Si finalmente resultara parcial o totalmente incapacitado como consecuencia de la Colisión o accidente de circulación.
  • Gastos médicos por un importe que vendrá determinado por la póliza específica del vehículo arrendado, requeridos como consecuencia de la Colisión o accidente de circulación.

CL “COBERTURA DE LUNAS”: Si ha contratado este producto, estará protegido contra la responsabilidad económica por daños causados a parabrisas, cualquier luna trasera o ventanillas laterales

CN “COBERTURA DE NEUMATICOS”: Esta protección le protege ante pinchazos y daños a los neumáticos del Vehículo, a menos que fueran consecuencia de un uso negligente. .

8.- OBLIGACIONES DEL CLIENTE EN CASO DE ACCIDENTE Y OTRAS CIRCUNSTANCIAS En caso de accidente, el cliente se compromete a:

  1. a) Obtener y, remitir a NOGUECAR RENT A CAR S.L dentro del plazo de cuarenta y ocho horas después de producirse el siniestro, datos completos de la parte contraria y posibles testigos, cumplimentando un parte de accidente, en forma de una ‘Declaración Amistosa de Accidente’ -DAA- detallando la matrícula, el nombre y dirección de la parte contraria, las circunstancias de la colisión, un croquis del accidente, el nombre de la aseguradora y, cuando sea posible, el número de póliza del seguro, todo ello firmado por los dos conductores implicados en el accidente, o, en caso de no contar con ella, el ‘Informe de Siniestro’, que será facilitado por NOGUECAR RENT A CAR S.L.
  2. b) Notificar inmediatamente a la autoridad si la culpabilidad de la otra parte debe ser investigada o si hay personas heridas.
  3. c) No abandonar el vehículo alquilado, sin tomar medidas adecuadas para protegerlo. En caso de acto vandálico, incendio, robo o desaparición del vehículo el cliente se compromete a poner de inmediato en conocimiento de NOGUECAR RENT A CAR S.L el hecho acaecido y cursar ante las autoridades pertinentes la correspondiente denuncia, una copia de la cual deberá remitir a NOGUECAR RENT A CAR S.L a la mayor brevedad.

9.- USO NO AUTORIZADO Será obligación del cliente usar el vehículo con la debida diligencia, con arreglo a las características del mismo, respetando la normativa de circulación de vehículos a motor vigente y evitando, en cualquier caso, cualquier situación que pudiera provocar daños en el vehículo o a terceros. Asimismo, es obligación del cliente no permitir la conducción del vehículo a ninguna persona distinta a las autorizadas de conformidad con este contrato, siendo responsable directo el cliente de cualquier daño o perjuicio producido en el vehículo o a terceros en tal caso. Cualquier caso que incumpla lo establecido en estos párrafos se entenderá como uso no autorizado. El cliente responderá plenamente de los daños causados en partes interiores y exteriores del vehículo por uso no autorizado del mismo, en cuyo caso está obligado a pagar todos los gastos producidos de conformidad con lo establecido.

El uso no autorizado incluye, y no se limita a, los siguientes casos citados a modo de ejemplo:

  1. a) Empujar o remolcar cualquier otro vehículo sin utilizar elemento de arrastre homologado facilitado por NOGUECAR RENT A CAR S.L.
  2. b) Circular en sitios que no son aptos para el transporte público como por ejemplo playas, circuitos de automóviles, pistas forestales, caminos vecinales, etc.
  3. c) Circulación en vías no asfaltadas, o asfaltadas pero con graves deficiencias, que podrían conllevar daños en los bajos del vehículo.
  4. d) Circular con el vehículo por zonas restringidas, incluyendo en concreto, pistas de aeropuerto y otras vías asociadas al uso aeronáutico y/o militar.
  5. e) Actuación negligente ante el encendido de chivatos o señales de advertencia del cuadro del vehículo arrendado y que el cliente manifiesta conocer con la firma de este contrato.
  6. f) Transporte de sustancias peligrosas, inflamables y/o nocivas para el vehículo y sus ocupantes.
  7. g) El subarriendo del vehículo sin la autorización previa y escrita de . NOGUECAR RENT A CAR S.L
  8. h) El uso del vehículo en cualquier actividad contraria a la ley.
  9. i) El transporte de un número de personas o cantidad de equipaje superior al autorizado para el vehículo.
  10. j) Cualquier tipo de manipulación o intervención en el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente a NOGUECAR RENT A CAR S.L el mal funcionamiento del mismo.
  11. k) Transporte de equipaje o de cualquier elemento sobre el techo vehículo aun usando un dispositivo adecuado para ello, salvo autorización previa y por escrito de NOGUECAR RENT A CAR S.L.
  12. l) Dejar objetos a la vista en el vehículo susceptibles de ser robados con los consiguientes daños al vehículo.
  13. m) Ensuciar el interior del vehículo más allá de lo que implica un uso razonable y cuidadoso.
  14. n) Conducción del vehículo en un estado de fatiga, enfermedad o bajo la influencia de alcohol, medicamentos o drogas.
  15. o) Conducción temeraria.
  16. p) Uso del vehículo para actividades de aprendizaje de la conducción en cualquier circunstancia y/o la enseñanza de cualquier habilidad especial al volante.
  17. q) Conducción contraria a las normas de tráfico.
  18. r) Conducción del vehículo alquilado por una persona no autorizada en el contrato ya sea como cliente/s y/o conductor/es adicional/es.
  19. s) Conducción del vehículo fuera de la península salvo que haya autorización expresa y firmada de NOGUECAR RENT A CAR S.L y se contrate y abone la cobertura adicional de EMBARQUE extraordinaria correspondiente. No es posible salir de España sin autorizacion expresa y firmada de NOGUECAR RENT A CAR S.L.
  20. t) Uso del vehículo después de haber terminado el periodo de alquiler.
  21. u) A todos los efectos oportunos, le informamos que, por cuestiones de seguridad, los vehículos de nuestra flota son susceptible de estar localizables mediante señal GPS. La compañía solo accederá a los datos de ubicación en caso de alerta por desconexión o inhibición del sistema, y/o no devolución del vehículo. El cliente conoce y acepta esta circunstancia, absteniéndose en todo caso de interrumpir o impedir su correcto funcionamiento. El uso no autorizado por parte del cliente facultará a NOGUECAR RENT A CAR S.L a resolver anticipadamente el Contrato de Alquiler por incumplimiento culpable de éste, solicitando en su caso, las indemnizaciones por daños y perjuicios que correspondan.

10.- PERMISO DE CONDUCIR. El cliente deberá estar en posesión del correspondiente permiso de Conducir en vigor homologado siendo el Cliente el responsable directo de la vigencia y homologación del permiso de conducir debiendo mantener a NOGUECAR RENT A CAR S.L indemne bajo cualquier concepto, y con una antigüedad mínima de un año. Al mismo tiempo, la edad mínima del cliente será de 19 años. Asimismo, y en todo caso, el cliente deberá disponer de un carnet de conducir con al menos un año de antigüedad con independencia de su edad. Existe un cargo adicional, informado durante el proceso de reserva, si el cliente tiene entre 19 y 21 años de edad. Para clientes extracomunitarios será necesario el Carnet Internacional junto con el de su país de origen.

11.- ROBOS Y PÉRDIDAS DE OBJETOS PERSONALES NOGUECAR no se hace responsable de los objetos robados, olvidados o perdidos en el interior del vehículo.

12.- FIANZA En todo caso, será obligado dejar una fianza por parte del cliente. En caso de que el Cliente contrate la cobertura complementaria opcional EXCELLENT COVER esta será de MINIMO DE 350 € depende del vehIculo. Si no la contrata este deberá depositar una fianza en el momento de la entrega del vehículo, cuyo importe se define en el artículo 5 de las Condiciones Particulares de Alquiler. La fianza cobrada (tarjeta de crédito o débito) será reembolsada al Cliente después de la devolución del vehículo, y una vez que NOGUECAR RENT A CAR S.L haya comprobado el buen estado del vehículo y la buena ejecución del Contrato. El tiempo máximo para la devolución de la fianza es de 30 días después de la devolución del vehículo. El depósito de la fianza será retenido parcial o totalmente en caso de incumplimiento del Contrato, hasta cubrir las penalizaciones o importes imputables al Cliente.

13.- DISPOSITIVO DE RETENCION OBLIGATORIO HOMOLOGADO PARA NIÑOS. En el caso de utilización del vehículo para el transporte de niños menores de tres años o mayores que no superen la altura de 135 centímetros, el cliente deberá comunicarlo a NOGUECAR RENT A CAR S.L para que le faciliten, previo pago de la tarifa de alquiler correspondiente y sin anclar en el vehículo, el correspondiente dispositivo de retención obligatorio homologado de acuerdo con el peso y la talla del niño o persona que deba utilizarlo. La instalación del mismo,será siempre responsabilidad del cliente.

Noguecar - Sitges